Negociación Convenio Colectivo de Trabajo para la Industria Metalgráfica de Catalunya 2017-2019

El pasado día 11 de julio de 2016 la Comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para la Industria Metalgráfica de Catalunya, CCOO de industria de Catalunya, MCA-UGT de Catalunya y  la Unión Metalúrgica de Catalunya hemos llegado a un preacuerdo del convenio que regulará las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del sector durante el periodo 2017-2019.

Destacar que la propuesta de inicio de la Patronal se basaban en siete cuestiones a negociar, que eran las siguientes:

  • Ambito temporal. “Vigencia de 3 años”
  • Contrato relevo. “Revisar y ajustar a norma”
  • Contrato para la Formación y aprendizaje. “Revisar y ajustar a norma”
  • “Incrementar y establecer jornada anual en 1826,24 horas.
  • “Incrementar y establecer 160 horas anuales”
  • “Pasar de 21 días naturales a 15 días naturales”
  • Incrementos salariales. “Congelación salarial o incrementos muy por debajo de los acuerdos estatales con las diferentes patronales

Dicha negociación se inicio el 23 de enero de 2014 y después de un intenso periodo de negociaciones ambas partes acordaron lo siguiente:

  • Tres años.
  • Contrato relevo. “Ajustar a norma”
  • Contrato para la Formación y aprendizaje. “Ajustar a norma”
  • “Incrementar y establecer 120 horas anuales”
  • Incrementos salariales. El 1,7% para el 2017, 1,8% para el 2018 y un 1,9% para el 2019, manteniendo la clausula de revisión salarial para cada uno de sus años, aplicandose para el año 2017 y para el 2019 con el acumulado del 2018.
  • Horas extras. Nuevo cuadrante de horas extras con importes mejorados en función de la relaización de estas, en sus diferentes horarios.
  • Permisos y licencias. 2.3 parrafo segundo, eliminar el condicionamiento de los 10 días y recoger mientras dure la hospitalización.
  • Complementar prestaciones al 100% por accidente o enfermedad profesional Mantener cobertura 100% desde el primer día cuando haya intervención quirurgica y AMPLIAR POR CUALQUIER CAUSA A PARTIR DEL 11º DIA DE BAJA POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL.

Como conclusión final valoramos positivamente el acuerdo, ya que ante las pretensiones iniciales de la patronal y el escenario actual en el que nos encontramos, hemos conseguido mantener y mejorar las condiciones laborables y  derechos conseguidos en anteriores convenios,  todo ello fruto de vuestro apoyo, esfuerzo y responsabilidad sindical en la negociación colectiva.