Una sentencia del TJUE obliga a la empresa a facilitar dispositivos correctores para la vista

Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Segunda, en su Sentencia de 22 Diciembre de 2022, ha fallado que la empresa debe facilitar gafas, o pagarlas, al personal que trabaje con pantallas y las necesiten, aunque su uso no se limite exclusivamente al ámbito profesional.

La Sentencia establece la obligación del empresario de proporcionar a los trabajadores y trabajadoras de dispositivos correctores especiales, mediante la entrega directa de dichos dispositivos, o mediante el reembolso de los gastos que el trabajador o trabajadora haya tenido que efectuar y que en ningún caso este derecho puede ser compensado con el pago de un complemento salarial de carácter general.

El TSJE aclara con relación a la citada que los “dispositivos correctores especiales” como aquellos que “sirven para corregir daños ya existentes”, sin que sea necesario que el daño en la vista se haya producido a causa del trabajo con pantallas de visualización,

Así mismo debemos tener en cuenta que la expresión “dispositivos correctores especiales” incluye aquellos dispositivos que sirvan para corregir o prevenir trastornos de la vista (por ejemplo, lentillas), por lo que esta expresión debe interpretarse en sentido amplio”.

LA UGT FICA de Catalunya a través de sus delegados y delegadas de prevención, está pidiendo reuniones con la empresa con el objetivo de implementar esta medida